La Ley 212023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establece la obligación de crear y mantener un Sistema interno de Información para la detección precoz y confidencial en las organizaciones.

El procedimiento de dicho canal regula la recepción, tratamiento, investigación y resolución de la información recibida, garantizando el derecho a la intimidad, la confidencialidad y, en su caso, el anonimato de los datos personales incluidos en la misma. El canal y su gestión se han configurado bajo los principios de protección de la información y cumplimiento de las medidas de protección de datos personales, según la normativa aplicable en esta materia.